¿Puede deducirse el IVA de reparaciones de siniestros?
Las pólizas de seguros que vayan a nombre de empresa o los propietarios de una empresa en la reparación de los siniestros deberán hacerse cargo del IVA salvo si se presenta documentación donde se notifique que se pueden desgravar el IVA o únicamente el 50%.
Estamos ante un caso un poco complejo, y sobre el que creemos que es necesario profundizar un poco más y entender la manera de proceder en estos casos. Lo primero que tenemos que tener claro es que el IVA es un tipo de impuesto que se aplica sobre el consumo, y que grava aquellas operaciones tanto de compra-venta de bienes, como de servicios. Por tanto, como norma general, la aseguradora no puede indemnizarte un bien o servicio dañado sin pagar la parte de IVA correspondiente. Si así fuera, se trataría de una irregularidad, ya que el IVA es imprescindible.
Es por este motivo que las pólizas de seguros que vayan a nombre de empresa o los propietarios de una empresa, solo se deberán hacer cargo del IVA en aquellos casos en los que no se puedan desgravar el impuesto, o pudiendo desgravarlo, solo se llegue al 50% de la cantidad total.
Si tienes dudas de si el IVA de la reparación realizar es deducible o no, consultan con nuestro equipo, que te asesorará sobre tu caso.
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